Cada vez más emprendedores requieren los servicios de una gestoría asesoría en Salamanca para conocer cuál es la forma jurídica más adecuada para su negocio. Aquí te indicaremos algunas de las diferencias que existen entre los dos tipos de sociedades más utilizadas, la limitada (S.L.) y la anónima (S.A.).
Lo primero que debemos destacar es que ambos tipos de sociedades permiten limitar la responsabilidad de los socios al capital invertido. En los dos supuestos el número mínimo de socios es uno y las obligaciones tributarias en materia de IVA e impuestos de sociedades son idénticas.
Una primera diferencia es el capital social exigido, siendo de 3.000 € en la S.L. y de 60.000 € en la S.A. Además, en esta última el capital está dividido en acciones que son libremente transmisibles, mientras que en el caso de la S.L., los socios poseen participaciones nominativas y la transmisión tiene algunas restricciones formales.
Tal como nos indican desde la empresa Gestoría Moro, las S.A. pueden cotizar en bolsa, algo que tienen prohibido las S.L. Y mientras que en el primer caso el cargo de administrador tiene una duración máxima de seis años en el caso de las S.L. la duración puede ser indefinida.
Una gestoría asesoría en Salamanca recomendará la constitución de una S.L. para pequeñas empresas debido al bajo capital social exigido, los trámites sencillos para su creación y el hecho de que pueden hacerse aportaciones no dinerarias sin la valoración de un experto independiente.
Por el contrario, para empresas de gran volumen de negocio o accionistas, lo recomendable es constituir una S.A. debido a la fácil transmisión de las acciones y la posibilidad de abrir el capital a socios inversores.
Diferencias entre una SL y una SA
25/01/201625 de Enero de 2016
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