Como gestoría y asesoría en Salamanca, es habitual encontrarse con cuestiones relativas a la sucesión de empresa, especialmente en situaciones en los que la empresa entra en procedimiento de concurso de acreedores, y cuenta con trabajadores dependientes, en la unidad productiva.

La experiencia como gestoría y asesoría en Salamanca, nos dice que la cuestión de la sucesión de empresa, regulada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, ha sido objeto de sentencias judiciales, que han ido definiendo las cuestiones necesarias y características que se han de cumplir, para que un trabajador pueda reclamar sus derechos por considerar que la situación en la que se encuentra es la de la sucesión de empresa.

Esto implica, básicamente, una subrogación de los derechos de los trabajadores, por parte del nuevo propietario o titular de la empresa, que asume las antigüedades y derechos de los trabajadores que estuviesen vinculados al negocio. Entre las circunstancias que han de cumplirse para considerarse sucesión de empresa, está que el negocio continúe siendo del mismo tipo, que se realice en las mismas dependencias y/o que se lleven algunos de los trabajadores anteriores.

Se ha discutido mucho, en lo relativo a los procedimientos concursales, si aquellos empresarios que adquieren una unidad productiva en proceso de liquidación están obligados a asumir también a los trabajadores que tuviese el antiguo empresario. Esta cuestión ha sido importante, ya que hace variar mucho la carga del negocio para quien la adquiere, y es algo que se debe tener en cuenta. Las Sentencias del Tribunal Supremo han acabado por darle la razón a los trabajadores, obligando al nuevo empresario a la adquisición de la unidad productiva, con todos sus trabajadores y los derechos que tuviesen consolidados hasta el momento.

En Gestoría Moro, te asesoraremos acerca de las cuestiones que te afecten como trabajador o empresario.